Art. Cuarto
En vigor desde 17 may 2006
1. Al Suboficial de la Guardia Civil desde el momento de su nombramiento como alumno del centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Oficiales se le concederá, con carácter eventual, el emplea de Alférez.
2. La total superación del Plan de Estudios de la presente Orden Ministerial tendrá los efectos siguientes:
a) La obtención del primer empleo de la Escala de Oficiales de la Guardia Civil.
b) Su posición en el escalafón, teniendo en cuenta la calificación final obtenida.
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Proeli/es/o/2006/05/05/pre1479#cuarto