Art. 2
En vigor desde 22 dic 2016
1. El órgano de dirección del Sistema Archivístico de la Defensa es la Secretaría General Técnica del Ministerio de Defensa que, entre otras funciones, tiene atribuidas, en el ámbito de sus competencias, la de coordinar las bibliotecas, archivos y museos del Departamento y su patrimonio cultural, así como la gestión de los servicios bibliotecarios y de documentación y del subsistema archivístico del órgano central, funciones que desarrolla la Subdirección General de Publicaciones y Patrimonio Cultural, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8, apartado 2, párrafos l) y n), del Real Decreto 454/2012, de 5 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa.
2. El Secretario General Técnico es el máximo responsable del Sistema Archivístico de la Defensa. De él dependen, funcionalmente, los órganos de dirección de los Subsistemas Archivísticos del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire y los archivos de los organismos autónomos del Departamento.
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Proeli/es/o/2016/12/14/pra1925#art-2