Art. 4

En vigor desde 11 ago 2024
1. Por parte de la persona titular de la Dirección General de la Guardia Civil se incluirá, dentro de las normas generales de régimen interior de los centros docentes de la Guardia Civil, la lectura de los valores fundamentales y principios institucionales, así como el decálogo de la Guardia Civil, tendiendo a que dicho acto se celebre en el momento de la lectura de la orden del centro. 2. Se diseñarán e implantarán actividades específicas para el profesorado de los centros docentes de formación, orientadas a transmitir el Código de Conducta, como elemento transversal a su labor docente. 3. Se incorporarán los valores, principios y normas recogidos en el Código de Conducta, así como las distintas formas de ponerlos en práctica en la actuación profesional en las actividades formativas, seminarios, jornadas, charlas, academias o reuniones que se organicen y en las que participe el personal del Cuerpo, de acuerdo con las funciones y cometidos asignados a las diferentes unidades y centros docentes, según su escala de pertenencia y perfil profesional. Dentro de dichas actividades, con carácter particular, se diseñarán e impartirán acciones formativas específicas dirigidas a aquel personal que por el destino que ocupe, las funciones y cometidos encomendados u otras circunstancias, se vea afectado por las áreas de riesgo identificadas. Asimismo, se llevarán a cabo actividades formativas específicas para el alumnado que se encuentre en el periodo de prácticas durante la enseñanza de formación para la incorporación a la escala de cabos y guardias. 4. Los planes de estudios de las enseñanzas de formación, de perfeccionamiento y de altos estudios profesionales impartidos en la estructura docente de la Guardia Civil se adaptarán al objeto de incluir, en su caso, aquellos contenidos necesarios para el desarrollo del Código de Conducta y de lo dispuesto en esta orden, promoviendo, en su caso, que el alumnado investigue sobre temáticas relacionadas con el desarrollo e implementación del Código de Conducta en la Institución y, con carácter general, del Sistema de Integridad. 5. Asimismo, se potenciará la impartición de talleres y otras actividades audiovisuales y formativas en habilidades directivas y liderazgo, como herramienta fundamental para fomentar la interiorización y compartición de los valores y principios institucionales. 6. Las actividades que se realicen en este ámbito se incluirán en un plan difundido anualmente, enmarcándose, en su caso, en el Sistema de formación continua de la Guardia Civil, de acuerdo con lo previsto en el capítulo III, secciones 1.ª y 4.ª, de la Orden PCI/17/2019, de 25 de marzo, sobre la enseñanza de perfeccionamiento y de altos estudios profesionales en la Guardia Civil.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2024/08/08/pjc849#art-4

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil