Art. Disposición final primera
En vigor desde 16 jun 2025
Esta norma se dicta al amparo del artículo 149.1, apartados 2.ª y 7.ª, de la Constitución Española, que atribuyen al Estado las competencias sobre nacionalidad, inmigración, extranjería y derecho de asilo y legislación laboral.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2025/06/13/pjc617#disposicion-final-primera