Art. 7

En vigor desde 17 abr 2024
1. Las pruebas de esta fase se podrán realizar en diferentes lugares o días de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Ordenación de la Enseñanza en la Guardia Civil aprobado mediante el Real Decreto 131/2018, de 16 de marzo de 2018, en adelante, el Reglamento. 2. El orden de realización de las pruebas será el que figure en la convocatoria. 3. La correspondiente convocatoria podrá establecer una puntuación mínima que deberá alcanzar el personal aspirante en las pruebas que se determinen, quedando eliminados del proceso selectivo quienes no alcancen dicha puntuación. 4. El personal aspirante deberá presentarse en el lugar, fecha y hora que se establezca para cada prueba. La no presentación a cualquiera de las pruebas fuera de las situaciones y circunstancias previstas por la normativa que rija el proceso selectivo o en la propia convocatoria supondrá la calificación como «no apto» y, por tanto, la eliminación del proceso selectivo. 5. Las normas particulares para la realización de las pruebas se reflejarán en la correspondiente convocatoria. En todo caso, regirán las siguientes normas: a) A las diferentes pruebas se accederá únicamente con el vestuario, equipamiento y útiles imprescindibles para la realización de las mismas. b) En ningún caso se permitirá el uso de diccionarios, libros, apuntes, calculadoras, dispositivos electrónicos, o cualquier tipo de ayudas, a no ser que en la convocatoria así se especifique. c) En todo caso, estará prohibida la entrada en el aula de examen y en las de entrevistas personales con teléfonos móviles o con cualquier dispositivo que permita la grabación, reproducción, transmisión o recepción de datos, imágenes o sonidos. 6. La prueba de aptitud psicofísica tendrá carácter eliminatorio.
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eli/es/o/2024/04/14/pjc325#art-7

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