Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición final tercera

En vigor desde 1 feb 2023
La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social resolverá cuantas cuestiones de índole general puedan plantearse en la aplicación de esta orden.
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eli/es/o/2023/01/30/pcm74#disposicion-final-tercera

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