Art. 2

En vigor desde 5 feb 2022
1. La Oficina Central Nacional tiene dependencia orgánica y funcional de la Jefatura del Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil (SEPRONA). 2. La Oficina Central Nacional, para poder acometer las funciones encomendadas, mantendrá relaciones de cooperación con otras instituciones y organismos, nacionales e internacionales, con responsabilidad en la conservación y protección del medioambiente y la naturaleza. 3. Las relaciones de cooperación descritas en el punto anterior se materializaran conforme a lo establecido en el artículo 144 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
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eli/es/o/2022/02/02/pcm59#art-2

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