Capítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final primera

En vigor desde 28 mar 2021
Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.14.ª de la Constitución Española que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de Hacienda general, y del artículo 149.1.16.ª de la Constitución Española que establece la competencia exclusiva del Estado en materia de sanidad exterior, bases y coordinación general de la sanidad y legislación sobre productos farmacéuticos.
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eli/es/o/2021/03/25/jus288#disposicion-final-primera

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