Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 14

En vigor desde 5 nov 2022
En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado o de la interesada o por la persona que le represente, el vencimiento del plazo máximo establecido sin haberse notificado resolución expresa legitima al interesado o interesada para entender estimada por silencio administrativo su pretensión. En el caso de los procedimientos incoados de oficio, el vencimiento del plazo máximo establecido sin que se haya dictado y notificado resolución expresa producirá el efecto de entender desestimadas las pretensiones del interesado o interesada que hubiera comparecido.
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eli/es/o/2022/10/31/jus1052#art-14

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