Art. Decimoctavo
En vigor desde 10 feb 2026
Una vez nombradas las nuevas consejeras y consejeros del CEPIA, tras la entrada en vigor de esta orden, y de cara a poder garantizar en el futuro una renovación anual de la mitad de sus miembros, se procederá de la siguiente forma:
La primera renovación de 17 miembros del CEPIA se producirá en septiembre de 2027, cesando quienes voluntariamente se ofrezcan a ello y en caso de no llegar a la mitad de los consejeras y consejeros del CEPIA, se procederá por sorteo a la selección de los restantes.
La otra mitad de consejeros y consejeras cesará en septiembre de 2028.
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Proeli/es/o/2026/01/29/jui80#decimoctavo