Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
En vigor desde 9 dic 2006
Constituye el objeto de esta orden la regulación del control metrológico del Estado sobre los manómetros, vacuómetros y manovacuómetros con elementos receptores elásticos e indicación directa, destinados a la medida de presiones (sobrepresiones, presiones vacuométricas, presiones comprendidas entre una presión vacuométrica y una sobrepresión) de líquidos, vapores y gases. Se aplica a los instrumentos en que el dispositivo mecánico transmite directamente la deformación elástica del elemento receptor al dispositivo indicador constituido por una aguja y una escala graduada en unidades de presión con un rango de medida comprendido entre –0,1 MPa y 160 MPa.
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Proeli/es/o/2006/11/22/itc3721#art-1