Art. 2

En vigor desde 29 abr 2011
1. Los costes definitivos para 2009 correspondientes a las empresas distribuidoras con más de 100.000 clientes y FEVASA y SOLANAR, deducidos los otros ingresos derivados de los derechos de acometida, enganches, verificación y alquiler de aparatos de medida, incluido el incentivo o penalización a la calidad del servicio se fijan en las siguientes cuantías: Empresa o grupo empresarial (Miles de euros) IBERDROLA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.A.U. (****) 1.498.535 UNIÓN FENOSA DISTRIBUCIÓN, S.A. 704.218 HIDROCANTÁBRICO DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.A. 140.650 E.ON DISTRIBUCIÓN, S.L. (*) 137.080 ENDESA PENINSULAR (**) 1.647.616 ENDESA EXTRAPENINSULAR 309.032 FEVASA (***) 922 SOLANAR (***) 310 Total 4.438.363 (*) Como consecuencia de la integración de las empresas distribuidoras Electra del Nansa, S.L., y Electra Camijanes, S.L., en E.ON Distribución, S.L., y una vez visto el informe al respecto de la Comisión Nacional de Energía, la retribución de Electra del Nansa, S.L., y Electra Camijanes, S.L., correspondiente al segundo semestre de 2009, que asciende a 43.204 euros, se añade a la retribución correspondiente a E.ON Distribución, S.L., para el año 2009. (**) El incentivo de calidad de Endesa extrapeninsular se encuentra incluido en el de Endesa peninsular. (***) De acuerdo al artículo 8.4 del RD 222/2008 a las empresas FEVASA y SOLANAR no le son de aplicación los incentivos de calidad y pérdidas. (****) De acuerdo a la disposición adicional única de la Orden ITC/1732/2010, de 28 de junio y como consecuencia de la integración de la empresa distribuidora Enermuelas, S.L., en Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A., la retribución de Enermuelas, S.L., correspondiente al segundo semestre de 2009, que asciende a 48.167 euros se añade a la retribución correspondiente a Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. 2. Los costes definitivos para 2010 correspondientes a las empresas distribuidoras con más de 100.000 clientes y FEVASA y SOLANAR, deducidos los otros ingresos derivados de los derechos de acometida, enganches, verificación y alquiler de aparatos de medida, incluido el incentivo o penalización a la calidad del servicio se fijan en las siguientes cuantías: Empresa o grupo empresarial (Miles de euros) IBERDROLA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.A.U. 1.593.124 UNIÓN FENOSA DISTRIBUCIÓN, S.A. 753.030 HIDROCANTÁBRICO DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.A. 151.939 E.ON DISTRIBUCIÓN, S.L. (*) 145.472 ENDESA peninsular (**) 1.734.739 ENDESA extrapeninsular 308.528 FEVASA (***) 1.053 SOLANAR (***) 338 Total 4.688.223 (*) Como consecuencia de la integración de las empresas distribuidoras Electra del Nansa, S.L., y Electra Camijanes, S.L., en E.ON Distribución, S.L., la retribución de Electra del Nansa, S.L., y Electra Camijanes, S.L., correspondiente a 2010, que asciende a 92.548 euros, se añade a la retribución correspondiente a E.ON Distribución, S.L., para el año 2010. (**) El incentivo de calidad de Endesa extrapenínsular se encuentra incluido en el de Endesa peninsular (***) De acuerdo al artículo 8.4 del RD 222/2008 a las empresas FEVASA y SOLANAR no le son de aplicación los incentivos de calidad y pérdidas. 3. Los costes provisionales para 2011 correspondientes a las empresas distribuidoras con más de 100.000 clientes y FEVASA y SOLANAR, deducidos los otros ingresos derivados de los derechos de acometida, enganches, verificación y alquiler de aparatos de medida, incluido el incentivo o penalización a la reducción de pérdidas se fijan en las siguientes cuantías: Empresa o grupo empresarial (Miles de euros) IBERDROLA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.A.U. 1.667.504 UNIÓN FENOSA DISTRIBUCIÓN, S.A. 806.754 HIDROCANTÁBRICO DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.A. 158.522 E.ON DISTRIBUCIÓN, S.L. (*) 151.762 ENDESA (peninsular) 1.766.292 ENDESA (extrapeninsular) 309.700 FEVASA (**) 1.095 SOLANAR (**) 340 Total 4.861.970 (*) Como consecuencia de la integración de las empresas distribuidoras Electra del Nansa, S.L., y Electra Camijanes, S.L., en E.ON Distribución, S.L., la retribución de Electra del Nansa, S.L., y Electra Camijanes, S.L., se añade a la retribución correspondiente a E.ON Distribución, S.L. (**) De acuerdo al artículo 8.4 del RD 222/2008 a las empresas FEVASA y SOLANAR no le son de aplicación los incentivos de calidad y pérdidas. 4. Para las empresas distribuidores con menos de 100.000 clientes, el coste acreditado previsto de la retribución de la actividad de distribución y gestión comercial, será para el año 2011 de 359.320,012 Miles de euros, según el desglose que figura en el anexo I. 5. A estos costes de distribución se incorporarán 10.000 miles de euros como costes destinados a planes para realizar la limpieza de la vegetación de las márgenes por donde discurren las líneas eléctricas de distribución, a los que hace referencia el artículo 8 de la presente orden. 6. Los costes reconocidos para 2011 destinados a la retribución de la gestión comercial realizada por las empresas distribuidoras con más de 100.000 clientes y FEVASA y SOLANAR, ascienden a 226.591 miles de euros, desglosados por empresas distribuidoras según establece el cuadro adjunto: Empresa o grupo empresarial Coste GC i 2011 (Miles de euros) IBERDROLA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.A.U. 88.808 UNIÓN FENOSA DISTRIBUCIÓN, S.A. 30.721 HIDROCANTÁBRICO DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.A. 5.773 E.ON DISTRIBUCIÓN, S.L. 4.973 ENDESA (peninsular) 81.899 ENDESA (extrapeninsular) 14.380 FEVASA 30 SOLANAR 7 Total 226.591 Se modifican los apartados 1 a 3 por el art. único. 1 a 3 de la Orden ITC/1068/2011, de 28 de abril. Ref. BOE-A-2011-7633 . Esta modificación tiene efectos desde el 1 de enero de 2011, según establece la disposición final única. Se corrigen errores en los apartados 1, 3 y 5 por apartados 1 a 4 de la Orden ITC/619/2011, de 18 de marzo. Ref. BOE-A-2011-5334 .

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eli/es/o/2010/12/28/itc3353#art-2

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