Capítulo CAPÍTULO I

Art. 3

En vigor desde 26 jun 2024
1. Las actuaciones y servicios objeto de acción concertada estarán sujetos a derecho administrativo, y se regirán por lo previsto en la presente orden y en el Real Decreto 220/2022, de 29 de marzo, por la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. 2. Asimismo, de conformidad con los artículos artículo 4 y 11.6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, serán de aplicación los principios de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse en las actuaciones y servicios objeto de acción concertada, garantizando en todo caso la publicidad, la transparencia y la no discriminación. 3. En el caso de que las actuaciones y servicios gestionados mediante acción concertada puedan ser objeto de cofinanciación europea, se estará a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados, así como en el Reglamento (UE) 2021/1147 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de julio de 2021 por el que se crea el Fondo de Asilo, Migración e Integración o el Reglamento (UE) 2021/1057, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (UE) 1296/2013, así como otros fondos e instrumentos financieros de la Unión Europea que contribuyan a la inclusión social de los nacionales de terceros países y, en su caso, las modificaciones de los mismos. Se modifica por el art. único.1 de la Orden ISM/535/2024, de 29 de mayo. Ref. BOE-A-2024-11487

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eli/es/o/2022/07/19/ism680#art-3

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