Art. Disposición final segunda
En vigor desde 25 abr 2020
1. Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y producirá efectos a las 00:00 horas del 26 de abril de 2020.
2. Tendrá vigencia hasta las 00:00 horas del 10 de mayo de 2020, sin perjuicio de las prórrogas que pudiesen acordarse.
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Proeli/es/o/2020/04/24/int368#disposicion-final-segunda