Art. Cuarto

En vigor desde 21 feb 2003
Los Subsectores de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil anotarán, directamente en el sistema informático de la Dirección General de Tráfico los datos recogidos de las inspecciones técnicas de vehículos industriales en carretera, en un plazo inferior a un mes.
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eli/es/o/2003/02/13/int316#cuarto

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