Art. Disposición final única

En vigor desde 23 mar 2020
1. Esta orden entrará en vigor a las 00:00 horas del 23 de marzo de 2020. 2. Tendrá una vigencia inicial de 30 días, sin perjuicio, en su caso, de las eventuales prórrogas que pudiesen acordarse
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eli/es/o/2020/03/21/int270#disposicion-final-unica

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