Capítulo CAPÍTULO I
Art. Segundo
En vigor desde 3 jul 2005
Estará integrada por las siguientes unidades:
Uno. Secretaría General.–Le corresponde prestar asistencia y apoyo al Subdirector General en el ejercicio de sus funciones, y gestionar los medios personales y materiales asignados a la Subdirección. Dependerán de la Secretaría General las siguientes unidades:
1. El Servicio de Recursos, con funciones de estudio y propuesta de resolución de recursos administrativos en materia de personal, de elaboración de informes de carácter jurídico-técnico y de coordinación de las relaciones de la Dirección General de la Policía con los Tribunales de Justicia y con la Abogacía General del Estado, en asuntos derivados de estas materias.
2. El Servicio de Asistencia Letrada, con funciones de coordinación de todos los asuntos relativos a la defensa legal de los funcionarios de la Dirección General por actuaciones derivadas de la prestación del servicio.
Dos. Unidad de Análisis y Programación.–Con la función de llevar a cabo la realización de estudios de proyección en materia de gestión policial y la elaboración de los planes de actuación interesados por el Órgano Directivo, así como los trabajos de preparación y coordinación de programas que le sean encomendados.
Tres. Estarán adscritos a la Subdirección General de Gestión y Recursos Humanos los siguientes órganos:
El Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, y
La Secretaría del Consejo de Policía.
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Proeli/es/o/2005/07/01/int2103#segundo