Capítulo CAPÍTULO II

Art. 7

En vigor desde 26 sept 2012
Para la concesión de la Cruz de Plata se deberán realizar hechos, que sin reunir la condición de riesgo personal exigida para la Cruz de Oro, supongan una relevante colaboración con la Guardia Civil o revistan, por su naturaleza, un carácter o mérito tan relevante que requieran el alto reconocimiento y esta especial distinción.
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eli/es/o/2012/09/21/int2008#art-7

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