Art. 1
En vigor desde 26 ene 2013
1. Se crea la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, que se configura como el órgano colegiado para la coordinación interna de la política del Departamento en materia de tecnologías de la información y Administración electrónica, así como órgano de enlace y colaboración con el Consejo Superior de Administración Electrónica y sus Comisiones Especializadas.
2. La Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo se adscribe a la Subsecretaría del Departamento.
3. El ámbito de actuación de la Comisión Ministerial de Administración Electrónica se extenderá al previsto en el artículo 2 del Real Decreto 589/2005, de 20 de mayo, esto es, a los diversos órganos del Departamento, y a los organismos públicos adscritos al mismo.
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Proeli/es/o/2013/01/21/iet35#art-1