Capítulo APÉNDICE III
Art. Apartado 6
En vigor desde 24 oct 2020
Los errores máximos permitidos y los ensayos a realizar serán los indicados en los apéndices I y II de este anexo, respectivamente.
Estos instrumentos deberán seguir cumpliendo los requisitos que dieron origen a su comercialización y puesta en servicio.
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Tus anotaciones
Proeli/es/o/2020/02/07/ict155#apartado-6-1