Capítulo APÉNDICE III

Art. Apartado 1

En vigor desde 16 ene 2025
Constituye el objeto de este anexo la regulación del control metrológico del Estado de los instrumentos destinados a medir el contenido en azúcar del mosto de uva, de los mostos concentrados y de los mostos concentrados rectificados, denominados en adelante refractómetros. Se modifica por el art. único.16 de la Orden ITU/1475/2024, de 17 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-27147 Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 126 de 6 de mayo de 2020. Ref. BOE-A-2020-4833

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eli/es/o/2020/02/07/ict155#apartado-1-15

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