Art. 12

En vigor desde 16 mar 2022
El Certificado de Operador de Embarcaciones Neumáticas y Semirrígidas de Alta Velocidad, expedido de conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Reglamento, se ajustará al modelo que figura en el Anexo I de esta Orden.
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eli/es/o/2022/03/08/hfp184#art-12

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