Título NORMAS PARA LA FORMULACIÓN DE CUENTAS ANUALES CONSOLIDADAS EN EL ÁMBITO DEL SECTOR PÚBLICOCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 4.ª Eliminaciones§ Subsección 1.ª Eliminación inversión-patrimonio neto

Art. 19

En vigor desde 4 ago 2013
1. La eliminación inversión- patrimonio neto es la compensación de los valores contables representativos de los instrumentos de patrimonio de las entidades dependientes que posea, directa o indirectamente, la entidad dominante, con la parte proporcional de las partidas de patrimonio neto de las mencionadas entidades dependientes atribuible a dichas participaciones, en la fecha de adquisición de las mismas. 2. Se entenderá como fecha de adquisición aquélla en la que la entidad dominante obtiene el control de la dependiente. 3. No obstante lo establecido en el apartado anterior, podrá considerarse que se produce la incorporación de una entidad al grupo en la fecha de comienzo del primer ejercicio en que la entidad dominante estuviera obligada a formular cuentas consolidadas o que, las formulara voluntariamente, siempre que cualquiera de esas fechas sea posterior a la de la efectiva incorporación al grupo. Cuando un grupo se acoja a lo dispuesto en este apartado será de aplicación a todas las entidades dependientes.
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eli/es/o/2013/07/18/hap1489#art-19

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