Art. 4

En vigor desde 1 ene 2020
El modelo 318 se presentará en el plazo de presentación de la última declaración-liquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente al primer año natural completo posterior al inicio de la realización habitual de las entregas de bienes o prestaciones de servicios.
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eli/es/o/2019/11/05/hac1270#art-4

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