Art. 1
En vigor desde 1 ene 2020
1. Se aprueba el modelo 318 «Impuesto sobre el Valor Añadido. Regularización de las proporciones de tributación de los períodos de liquidación anteriores al inicio de la realización habitual de entregas de bienes o prestaciones de servicios» que figura como anexo de la presente orden.
El número identificativo que habrá de figurar en el modelo 318 será un número secuencial cuyos tres primeros dígitos se corresponderán con el código 318.
2. La presentación de las declaraciones complementarias o sustitutivas de otra declaración presentada anteriormente que se refieran al mismo período, se realizará de acuerdo con los requisitos técnicos que consten en el momento de la presentación en la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en la dirección electrónica https://www.agenciatributaria.gob.es.
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Proeli/es/o/2019/11/05/hac1270#art-1