Art. 12
En vigor desde 4 ago 2012
En todo lo no previsto en la presente Orden en cuanto a la actuación de la Comisión Asesora de Estudios como órgano colegiado, será de aplicación lo establecido a este respecto en el capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el capítulo IV del Título II de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.
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Proeli/es/o/2012/07/30/ess1719#art-12