Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición final tercera
En vigor desde 1 dic 2015
Se faculta a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social para dictar las disposiciones necesarias para la aplicación de esta orden.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2015/06/15/ess1187#disposicion-final-tercera