Art. Disposición transitoria única

En vigor desde 12 mar 2009
En relación con lo dispuesto en el artículo 4, hasta tanto no se produzca la adaptación técnica necesaria, las firmas electrónicas se ajustarán a los formatos XMLDSig y PKCS#7.
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eli/es/o/2009/03/04/eha567#disposicion-transitoria-unica

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