Título TÍTULO I
Art. Regla 5
En vigor desde 17 nov 2011
La información contable que se elabore por la Administración General del Estado irá dirigida a los siguientes destinatarios:
a) Los gestores de las unidades administrativas.
b) El Tribunal de Cuentas y las Cortes Generales.
c) La Intervención General de la Administración del Estado.
d) Órganos de la Unión Europea, tanto administrativos como de control.
e) Acreedores de la Administración General del Estado.
f) Otras entidades públicas y privadas, asociaciones y ciudadanos en general.
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Proeli/es/o/2011/11/08/eha3067#regla-5