Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 1 oct 2009
La presentación telemática por Internet de las autoliquidaciones que a continuación se relacionan se llevará a cabo según el procedimiento que establece el artículo 3 de la Orden EHA/3435/2007, de 23 de noviembre, por la que se aprueba los modelos de autoliquidación 117, 123, 124, 126, 128 y 300 y se establecen medidas para la promoción y ampliación de la presentación telemática de determinadas autoliquidaciones, resúmenes anuales y declaraciones informativas de carácter tributario: a) Modelo 130. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Actividades económicas en estimación directa. Pago fraccionado. b) Modelo 131. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Actividades Económicas en estimación objetiva. Pago fraccionado. c) Modelo 216. Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente. Retenciones e ingresos a cuenta. Declaración-documento de ingreso. d) Modelo 310. Impuesto sobre el Valor Añadido. Régimen simplificado. Declaración ordinaria. e) Modelo 311. Impuesto sobre el Valor Añadido. Régimen simplificado. Declaración final.
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