Art. 1

En vigor desde 16 oct 2026
Esta orden ministerial tiene por objeto la creación y regulación del Consejo Nacional para la Prevención del Blanqueo de Capitales, la financiación del terrorismo y la financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva (en adelante, el Consejo), como órgano colegiado encargado de articular la participación y la colaboración institucional público-privada.
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eli/es/o/2026/10/16/ecm1101#art-1

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