Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 24 abr 2015
Corresponde a la Inspección educativa asesorar y supervisar el desarrollo del proceso de evaluación y proponer la adopción de las medidas que contribuyan a mejorarlo. A tal fin, en sus visitas a los centros, los inspectores se reunirán con el equipo directivo, con los maestros y las maestras y con los demás responsables de la evaluación, dedicando especial atención a la valoración y análisis de los resultados de la evaluación de los alumnos o las alumnas y al cumplimiento de lo dispuesto en la presente orden.
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eli/es/o/2015/04/15/ecd711#disposicion-adicional-tercera

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