Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición transitoria única
En vigor desde 9 jul 2017
Lo dispuesto en esta orden será de aplicación hasta la entrada en vigor de la normativa resultante del Pacto de Estado social y político por la educación a que se refiere el Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2017/07/05/ecd651#disposicion-transitoria-unica