Art. Segundo
En vigor desde 14 feb 2004
Son funciones del Comité Español de Deporte Universitario:
a) Presentar al Consejo Superior de Deportes el plan anual comprensivo de las competiciones y actividades deportivas universitarias de carácter nacional, así como de la participación en competiciones internacionales.
b) Prestar asesoramiento técnico al Consejo Superior de Deportes en las actuaciones preparatorias y de seguimiento, precisas para la puesta en marcha y desarrollo de las competiciones y actividades deportivas universitarias cuya organización corresponda al Consejo Superior de Deportes.
c) Elaborar informes y dictámenes sobre materia deportiva universitaria para su estudio y consideración por el Consejo Superior de Deportes.
d) Aquellas otras funciones instrumentales que le sean encomendadas por el Consejo Superior de Deportes.
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Proeli/es/o/2004/02/03/ecd273#segundo