Capítulo CAPÍTULO I
Art. 3
En vigor desde 31 ene 2008
Este reglamento afecta a todos los centros bibliotecarios del Ministerio de Defensa y sus organismos autónomos, sin perjuicio de su adscripción orgánica, así como a los servicios técnicos relacionados con ellos o con las actividades que son de su competencia.
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Proeli/es/o/2008/01/23/def92#art-3