Art. 3

En vigor desde 25 jun 2024
1. El REPEMI, como parte integrante de SIPERDEF, es responsabilidad de la persona titular de la Dirección General de Personal (DIGENPER), que la ejercerá a través de la Subdirección General de Planificación y Costes de Recursos Humanos. 2. Corresponde a los Mandos o Jefaturas de Personal de los Ejércitos y la Armada, al Mando de Adiestramiento y Doctrina del Ejército de Tierra, a la Dirección General de Personal y a la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar, en el ámbito de sus respectivas competencias, el control de los datos introducidos en SIPERDEF, con el objeto de garantizar la integridad y corrección de la información que contiene.
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eli/es/o/2024/06/13/def622#art-3

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