Libro NORMAS DE UNIFORMIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS›Título TÍTULO IX›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Norma 89
En vigor desde 9 nov 2016
Se faculta al Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire para desarrollar la normativa correspondiente a los emblemas de las especialidades fundamentales, complementarias y otros emblemas especiales del Ejército del Aire, en lo referente a su composición, colocación y uso, de acuerdo con lo dispuesto de este capítulo.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2016/10/28/def1756#norma-89