Libro NORMAS DE UNIFORMIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS›Título TÍTULO XI
Art. Norma 123
En vigor desde 9 nov 2016
El distintivo de nacionalidad se ubicará en la zona «G», sobre la manga izquierda de los uniformes que proceda, quedando el lado superior de la bandera a 30 milímetros del borde superior. El rectángulo textil tendrá unas dimensiones de 56 x 26 milímetros, con los colores de la bandera nacional, sobre un soporte del color del uniforme que sobresaldrá 2 milímetros de su contorno.
El distintivo se portará sobre los uniformes de campaña y sobre los uniformes especiales en que así se determine. También se portará sobre las modalidades «A» y «B» de los uniformes de especial relevancia y diario, así como sobre la modalidad «A» del uniforme de trabajo del personal militar destinado en el extranjero y en los cuarteles generales multinacionales ubicados en España.
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Proeli/es/o/2016/10/28/def1756#norma-123