Art. Disposición final cuarta

En vigor desde 6 jun 2003
Se autoriza al Subsecretario de Defensa a dictar en el ámbito de su competencia cuantas disposiciones sean necesarias para la ejecución y desarrollo de la presente Orden Ministerial. Se añade por el apartado 2 de la Orden DEF/1446/2003, de 23 de mayo. Ref. BOE-A-2003-11263 .

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eli/es/o/2002/06/27/def1683#disposicion-final-cuarta

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