Capítulo CAPÍTULO III
Art. 11
En vigor desde 20 mar 2018
1. El Mando de Personal se articula en:
a) La Jefatura.
b) La Dirección de Personal.
c) La Dirección de Enseñanza.
d) La Dirección de Sanidad.
e) El Centro de Guerra Aérea.
2. La Dirección de Personal se articula en:
a) La Subdirección de Gestión de Personal, que será responsable de la gestión, administración y control del personal en materia de situaciones, ascensos, destinos, recompensas, documentación, evaluación, clasificación, orientación de carrera y cuantos asuntos condicionan la carrera militar, conforme a la normativa vigente. También será responsable de las actuaciones que puedan corresponder a su ejército en materia de reclutamiento y generación adicional de recursos humanos y de gestión del personal de los cuerpos comunes de las FAS, del personal civil y del personal reservista asignado a su respectivo ejército.
b) La Subdirección de Asistencia al Personal, que será responsable de la gestión, administración y control en materias de acción social y apoyo al personal y a sus familias, así como de las prestaciones sociales conforme a la normativa vigente. También será responsable de la dirección global en el ámbito de su ejército en materia de calidad de vida y podrá ser responsable en materia de promoción educativa y reintegración al mundo laboral.
3. La Dirección de Enseñanza, de la que dependerán funcionalmente todos los centros docentes militares del Ejército del Aire, cuenta con una Subdirección de Enseñanza responsable de auxiliar al Director en el desarrollo de las actividades asignadas a la Dirección y de ejercer la planificación, coordinación y control general de sus actividades, así como de la ejecución de aquellas que el Director le encomiende.
4. La Dirección de Sanidad se articula en:
a) La Subdirección de Sanidad Logístico-Operativa, responsable de la gestión, administración, control y asesoramiento en materia de apoyo sanitario logístico-operativo. También será responsable en materia de abastecimiento y mantenimiento de los recursos sanitarios, conforme a los procedimientos que establezca su ejército.
b) La Subdirección de Acción Sanitaria responsable de la gestión, administración y control en materia de sanidad en sus aspectos preventivo, asistencial y pericial.
c) El Centro de Instrucción de Medicina Aeroespacial, responsable de estudiar y desarrollar los programas de selección, los reconocimientos médicos y el entrenamiento fisiológico del personal de vuelo, de desarrollar el programa de Medicina de Vuelo en las unidades y de los programas relacionados con la Medicina Aeronáutica, así como de promover la investigación con relación a la fisiología de vuelo y a la medicina clínica aeronáutica.
5. El Centro de Guerra Aérea es un centro docente militar de perfeccionamiento, con arreglo a lo establecido en la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar. Se regirá por lo dispuesto en el título IV, «Enseñanza», capítulo II, «Estructura», de dicha ley, por lo establecido en la Orden Ministerial 83/2000, de 24 de marzo, por la que se crea el Centro de Guerra Aérea, salvo en lo referente a su dependencia orgánica, y por lo establecido en la Orden DEF/85/2017, de 1 de febrero, por la que se aprueban las normas sobre organización y funciones, régimen interior y programación de los centros docentes militares.
Se modifican los apartados 3 y 5 por el art. único de la Orden DEF/192/2018, de 20 de febrero. Ref. BOE-A-2018-2759
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2015/07/30/def1629#art-11