Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª La fuerza terrestre

Art. 9

En vigor desde 1 jul 2015
1. En el Cuartel General de la Fuerza Terrestre están encuadradas las siguientes unidades: a) El Estado Mayor de la Fuerza Terrestre. b) La Unidad de Cuartel General. c) La Jefatura de Asuntos Económicos. 2. El Estado Mayor de la Fuerza Terrestre se compone de las siguientes unidades: a) La Secretaría Técnica. b) El Área de Preparación, que es responsable del asesoramiento en materias de preparación, correspondiéndole el desarrollo de la normativa relativa a este sector, así como la gestión de los créditos para operaciones, que se asignen a la Fuerza Terrestre para la preparación de contingentes. c) El Área de Apoyo, que es responsable del asesoramiento en materia de sistemas de información y telecomunicaciones, así como de seguridad, y de la coordinación y control en el ámbito CIS y de seguridad de las unidades de la Fuerza Terrestre. d) Área de Logística, que es responsable del planeamiento y control de logística y recursos, en particular de personal y material, así como de la definición de normas y procedimientos de empleo relativos a las funciones logísticas de personal, sanidad y abastecimiento, sostenimiento y transporte.
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eli/es/o/2015/06/29/def1265#art-9

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