Art. Preambulo
En vigor desde 15 may 1986
Ilustrísimo señor:
El desarrollo de la práctica y enseñanza de la Aerostación, y el carácter provisional de la Orden de 5 de abril de 1978, expresado en la misma, por la que se regulaba la práctica de la aerostación en el espacio aéreo español, aconsejan la promulgación de una nueva disposición reguladora, al considerar la evolución constante del material y de las técnicas de pilotaje de globos libres, así como la conveniencia de adaptar esta nueva regulación a la normativa de Organismos Internacionales de los que nuestro país forma parte.
En su virtud, este Ministerio ha dispuesto lo siguiente:
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Tus anotaciones
Proeli/es/o/1986/05/08/(1)#preambulo-preambulo