Art. 1
En vigor desde 9 dic 1974
La Medalla «Al Mérito de la Seguridad Vial», en sus tres categorías, tendrá, conforme se especifica en el anexo de esta Orden, las siguientes características:
a) Descripción de la Medalla.–Será circular, de 35 milímetros de diámetro y de un grosor de 2,5 milímetros.
b) Anverso.–Representará la figura alegórica de una rueda con palma y roble, y la leyenda: «Al Mérito de la Seguridad Vial», de acuerdo con el modelo del anexo de esta Orden.
c) Reverso.–Será plano, llevando grabado el nombre de la persona física o jurídica a la que se haya concedido esta distinción, así como el número que le corresponda en el Registro a que se refiere el artículo tercero de esta Orden.
La de oro penderá, a modo de corbata, de un cordón de seda del color del distintivo entrelazado con hilos de oro. Las de plata y bronce penderán de una cinta plegada en los costados, del color del distintivo, y colgarán de un pasador de oro.
Miniatura para la solapa: Será una reproducción de la Medalla en forma circular, de 15 milímetros de diámetro, figurando en el reverso solamente el número de Registro.
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Tus anotaciones
Proeli/es/o/1974/11/06/(1)#art-1