Art. Disposición final primera

En vigor desde 11 ago 1972
Lo dispuesto en la presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado y surtirá efectos económicos desde el día 1 de julio de 1972.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/1972/07/31/(1)#disposicion-final-primera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil