Art. [preambulo]

En vigor desde 30 ago 1978
Excelentísimos señores: La interpretación del artículo 3.º del Real Decreto 3059/1977, de 11 de noviembre, sobre medidas transitorias de carácter gubernativo en materia de tenencia de armas y seguridad en armerías, ha originado dudas en torno a cual deba ser la extensión de la prohibición que contiene y, en sentido contrario, que tipo de juguetes, de los que simulan armas, están permitidos. Con el fin de resolver las consultas formuladas al respecto y concretar el criterio definitivo en esta materia, he dispuesto lo siguiente:
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eli/es/o/1978/07/29/(1)#preambulo-pr

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