Art. Disposición adicional única

En vigor desde 8 may 1997
Se aprueban los modelos de carta de porte y de contrato de transportes de mercancías por carretera de duración continuada, incluidos, respectivamente, como modelos 1 y 2 del anexo C de esta Orden, los cuales serán de utilización potestativa por las partes contratantes.
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eli/es/o/1997/04/25/(3)#disposicion-adicional-unica

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