Art. Undécimo

En vigor desde 24 abr 1986
Por la Dirección General de Innovación Industrial y Tecnología podrán concederse acreditaciones a los laboratorios que así lo soliciten para llevar a cabo los ensayos previstos en las normas del anexo a esta disposición, de acuerdo con lo establecido en el punto 2.1.2 del Real Decreto 2584/1981, de 16 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Actuaciones del Ministerio de Industria y Energía en el campo de la normalización y homologación.
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eli/es/o/1986/03/21/(3)#undecimo

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