Libro REGLAMENTO DE PRUEBAS DE ARMAS DE FUEGO PORTÁTILES Y SUS MUNICIONES EN ESPAÑA›Capítulo CAPÍTULO 1
Art. 36
En vigor desde 19 mar 1979
La Junta directiva tomará sus acuerdos en sesiones en las que todos los Vocales tendrán voto; el del Presidente será de calidad para decidir los empates.
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Proeli/es/o/1979/02/19/(3)#art-36