Art. Primero

En vigor desde 6 mar 1975
Se aprueba el «Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos» que se acompaña, a esta Orden y que será de obligado cumplimiento para las instalaciones de nueva construcción, así como para las ampliaciones y reformas de las existentes en todo el territorio nacional. También se aprueban las Instrucciones MIG que figuran como anexo del Reglamento.
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eli/es/o/1974/11/18/(1)#primero

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