Capítulo CAPÍTULO IV

Art. DISPOSICIÓN FINAL

En vigor desde 1 ene 1967
DISPOSICIÓN FINAL Se faculta a la Dirección General de Previsión para resolver cuantas cuestiones se planteen en la aplicación de la presente Orden, que tendrá efectos a partir del 1 de enero de 1967.
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eli/es/o/1967/01/18/(1)#disposicion-final

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